Que te despidan es una situación difícil, y entender cuánto dinero te corresponde cobrar no debería serlo también. La indemnización por despido depende del tipo de despido, de los años trabajados en la empresa y de tu salario. Con las reglas correctas y una calculadora actualizada para 2026, puedes saber en minutos lo que te toca.
En esta guía explicamos los tipos de despido y sus indemnizaciones, cómo se calcula el salario regulador, qué incluye el finiquito, cuándo y cómo impugnar un despido y en qué casos la indemnización está exenta de IRPF.
Tipos de despido y su indemnización legal
El Estatuto de los Trabajadores distingue varios tipos de despido, cada uno con una indemnización diferente:
- Despido disciplinario procedente: la empresa acredita una causa grave de incumplimiento del trabajador (robo, fraude, absentismo injustificado...). No hay derecho a indemnización.
- Despido disciplinario improcedente: la empresa despide por motivos disciplinarios pero no puede acreditarlos suficientemente. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
- Despido por causas objetivas: por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción debidamente justificadas. La indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- ERE (Expediente de Regulación de Empleo colectivo): cuando el despido afecta a un número mínimo de trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización mínima es también de 20 días por año, aunque los convenios colectivos y los acuerdos de empresa pueden establecer importes superiores.
- Despido nulo: cuando el motivo del despido es discriminatorio o vulnera un derecho fundamental (despido de embarazada, de representante sindical...). No hay indemnización: el trabajador tiene derecho a la readmisión inmediata con pago de salarios de tramitación.
Contratos anteriores a 2012: el doble tramo
La reforma laboral de febrero de 2012 redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Para los trabajadores que ya tenían contrato en vigor antes del 12 de febrero de 2012, se aplica un sistema de doble tramo:
- Los años trabajados hasta el 11 de febrero de 2012 se calculan a 45 días por año, con un tope máximo de 42 mensualidades para ese tramo.
- Los años trabajados desde el 12 de febrero de 2012 en adelante se calculan a 33 días por año.
- La suma de ambos tramos no puede superar 24 mensualidades en total.
Este sistema es uno de los que más confusión genera, especialmente para trabajadores con mucha antigüedad en la empresa. Nuestro simulador de indemnización por despido calcula automáticamente el doble tramo cuando introduces una fecha de inicio anterior a 2012.
Cómo se calcula el salario regulador
El salario regulador es la base sobre la que se aplican los días de indemnización. No es exactamente el salario bruto mensual: hay que construirlo a partir del salario diario incluyendo todos los complementos fijos.
El cálculo del salario diario es:
- Suma el salario base anual más todos los complementos de carácter fijo y periódico (antigüedad, plus de turnicidad, plus de idiomas, complemento de convenio...).
- Añade la parte proporcional de las pagas extraordinarias: si tienes 2 pagas extra, suma su importe total al salario anual.
- Divide el resultado entre 365 días para obtener el salario diario.
Qué NO incluye el salario regulador: las horas extraordinarias, las comisiones variables, los pluses de asistencia o productividad que no sean fijos, los gastos de desplazamiento o dietas. Si tu empresa incluye incorrectamente conceptos en el cálculo —o los excluye indebidamente—, la diferencia puede ser significativa.
El finiquito: qué es y qué debe incluir
El finiquito y la indemnización son cosas diferentes que muchos trabajadores confunden. El finiquito recoge las cantidades que la empresa te debe independientemente del motivo del despido. Debe incluir siempre:
- Días trabajados del mes en curso: desde el día 1 hasta la fecha de baja.
- Vacaciones no disfrutadas: los días de vacaciones que te corresponden por el año en curso y que no hayas tomado.
- Parte proporcional de pagas extraordinarias: si el despido se produce antes de que se devenguen las pagas (junio y diciembre habitualmente), te corresponde la parte del año trabajada.
- Otros conceptos pendientes: comisiones pendientes de pago, horas extra no abonadas, etc.
Al firmar el finiquito, lee con detenimiento todos los conceptos. La frase "recibo en conformidad las cantidades en pago total y definitivo de las obligaciones derivadas de la relación laboral" implica que renuncias a cualquier otra reclamación. Si no estás de acuerdo, añade "no conforme" junto a tu firma o consulta con un abogado laboralista antes de firmar.
Cómo y cuándo impugnar un despido
Si crees que tu despido es improcedente o nulo, tienes 20 días hábiles desde la fecha del despido para actuar. El proceso es:
- Papeleta de conciliación: antes de ir al juzgado, debes presentar una papeleta de conciliación ante el organismo autonómico competente (SMAC o equivalente). Este trámite es obligatorio y suspende el plazo de 20 días mientras se sustancia.
- Acto de conciliación: si la empresa no acude o no hay acuerdo, se extiende el acta y puedes presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Demanda judicial: el juez decide si el despido es procedente, improcedente o nulo. Si es improcedente, la empresa puede optar por readmitirte o pagarte la indemnización de 33 días por año más los salarios de tramitación (desde el despido hasta la sentencia).
Tributación de la indemnización: cuándo está exenta del IRPF
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe que corresponde legalmente según el tipo de despido:
- Despido improcedente: exentos los primeros 33 días por año hasta 24 mensualidades.
- Despido objetivo: exentos los primeros 20 días por año hasta 12 mensualidades.
Cualquier importe adicional que supere esos límites legales —como el que pueda acordarse en una negociación con la empresa— está sujeto a IRPF como rendimiento del trabajo. Si tu indemnización supera el umbral legal, asegúrate de que la retención aplicada es correcta para no llevarte sorpresas en la declaración de la renta. Si además eres autónomo, compara tu situación usando nuestro simulador de autónomos o calcula tu sueldo neto de la nueva empresa que consideres.
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El simulador calcula tu indemnización exacta en función de tu caso concreto:
- Selecciona el tipo de despido (improcedente, objetivo o ERE).
- Introduce la fecha de inicio del contrato y la fecha de despido.
- Indica tu salario bruto anual incluyendo pagas extra.
- El simulador calcula automáticamente el doble tramo si el contrato es anterior a 2012.
- Obtienes la indemnización total, el salario diario regulador y el número de días que corresponden.
Todo funciona en tu navegador sin almacenar ningún dato. Si necesitas también calcular qué te corresponde en el finiquito o comparar con otras situaciones laborales, puedes cruzar los datos con nuestro simulador de sueldo neto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos con años anteriores al 12 de febrero de 2012, esos años se calculan a 45 días por año (tope 42 mensualidades ese tramo). El total tampoco puede superar 24 mensualidades.
¿Cuánto es la indemnización por despido por causas objetivas?
20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. La empresa debe justificar documentalmente las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y preavisar con 15 días de antelación.
¿Qué diferencia hay entre el finiquito y la indemnización por despido?
El finiquito son las cantidades pendientes de liquidar (días trabajados, vacaciones, pagas proporcionales) y siempre corresponde. La indemnización es adicional y solo se paga en determinados tipos de despido (improcedente u objetivo), no en el disciplinario procedente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una indemnización por despido?
20 días hábiles desde la fecha del despido. Este plazo es de caducidad: si no actúas, el derecho se pierde definitivamente. Es obligatorio presentar antes una papeleta de conciliación ante el SMAC o equivalente autonómico.
¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?
La indemnización legal está exenta de IRPF hasta los límites marcados por ley (33 días/año hasta 24 mensualidades en improcedente; 20 días/año hasta 12 mensualidades en objetivo). El importe que supere esos límites sí tributa como rendimiento del trabajo.
¿Cómo se calcula el salario regulador para la indemnización?
Es el salario base más complementos fijos y periódicos, más la prorrata de pagas extra, dividido entre 365 días. No incluye horas extra, comisiones variables ni pluses no garantizados. Un error en el salario regulador puede suponer cientos o miles de euros de diferencia en la indemnización.